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Buenos dias, Estamos en un proceso de extincion de condominio de un piso de proteccion oficial. Mi exmujer quiere quedarse con la vivienda, pero necesita pedir el 100 % del 50% del valor de la vivienda y el banco solo le dá el 80% del 50%. Sería posible hacer el acto notarial donde se refleje el valor que me va a compensar a mi (50% del valor) y que ella a posteriori solicite la hipoteca (siendo ya unica propietaria) incluyendo una clausula en el acto donde se indique que me va a hacer efectivo el pago por ejemplo en 2-3 meses a posteriori? o este tipo de clausulas sobre la forma de pago no son posibles? Muchas Gracias

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