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Buenos días Laura,

 

Por lo que comentas veo que hay varios hechos imponibles, como en uno de los anteriores comentarios, por un lado existe la modificación de la escritura del préstamo hipotecario y por otro la disolución del condominio. Respecto de la disolución del condominio, el sujeto pasivo del impuesto es el que se queda con el bien inmueble y puede otorgarse un valor diferente al de compra, no estando exento de riesgos.

Un saludo

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