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Hola, mi hermano y yo somos propietarios por herencia de dos viviendas al 50%, y queríamos hacer una extinción de condominio quedándose cada un con una vivienda, el valor de referencia de las viviendas según el catastro es de 245000 euros la situada en Madrid y 167000 euros la situada en Andalucía (20600 euros la media), con una compensación acordada de 50000 euros, ¿se tiene en cuenta los valores de referencia o se tiene que hacer valoraciones de las viviendas? La vivienda de Madrid está valorada mucho más cara que el valor de referencia por su situación, sin embargo, teniendo en cuenta la compensación de 50000 euros sería 10000 euros más a declarar(16700+50000=217000) por parte de la extinción de la vivienda de menor valor situada en Andalucía, ¿Qué impuestos hay que pagar por los 10000 euros de diferencia con la media de las propiedades según los valores de referencia?¿hay alguna forma de evitar pagar más? Muchas gracias

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