En principio, con la información que mencionas, son dos hechos imponibles independientes. Primero se ha de liquidar la herencia según testamento o Ley en caso de no existir testamento, y una vez adjudicados los bienes la disolución del condominio según estén de acuerdo los propietarios.
Extinción de condominio
Buenos días Javier,
En principio, con la información que mencionas, son dos hechos imponibles independientes. Primero se ha de liquidar la herencia según testamento o Ley en caso de no existir testamento, y una vez adjudicados los bienes la disolución del condominio según estén de acuerdo los propietarios.
Un saludo,