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Buenos días, 

El 50% de tu hermano tiene unas cargas que no se van a eliminar con la extinción del condominio, pasarán al nuevo propietario. La disolución del condominio se ha de realizar por el valor de mercado, el valor de mercado no es el que fija la Administración a efectos fiscales, aunque así lo interpretan las administraciones.

Un saludo,

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